Código Penal MilitarLey 1407 de 2010

Artículo 479 del Código Penal Militar

Presentación de la acusación

Texto vigente del artículo 479 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos
  2. Libro tercero. Procedimiento penal militar
  3. Título XIII. El juicio
  4. Capítulo I. De la acusación

ARTÍCULO 479. PRESENTACIÓN DE LA ACUSACIÓN. El Fiscal Penal Militar y Policial Delegado presentará el escrito de acusación ante el Juez Penal Militar y Policial de Control de Garantías, cuando de los elementos materiales probatorios, evidencia física o información legalmente obtenida, se pueda afirmar, con probabilidad de verdad, que la conducta delictiva existió y que el imputado es su autor o partícipe.

Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.