Artículo 362 del Código Penal Militar
Desistimiento
Texto vigente del artículo 362 del Código Penal Militar, con sus modificaciones.
- Parte especial de los delitos
- Libro tercero. Procedimiento penal militar
- Título VII. La actuación
- Capítulo XI. Disposición común a la casación y acción de revisión
ARTÍCULO 362. DESISTIMIENTO. Podrá desistirse del recurso de casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.