Artículo 1 del Código General Disciplinario
Reconocimiento de la dignidad humana
Texto vigente del artículo 1 del Código General Disciplinario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte general
- Título I. Principios y normas rectoras de la ley disciplinaria
ARTÍCULO 1o. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA. Quien intervenga en la actuación disciplinaria será tratado con el respeto debido a la dignidad humana.
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