Artículo 302 del Código de Minas
Oposición de propietarios
Texto vigente del artículo 302 del Código de Minas (Ley 685 de 2001), con sus modificaciones.
- Título septimo. Aspectos procedimentales
- Capítulo XXVI. Oposiciones
ARTÍCULO 302. OPOSICIÓN DE PROPIETARIOS. Las oposiciones a la propuesta o al contrato de concesión que se funden en una pretendida propiedad del suelo o del subsuelo minero o de determinados minerales se tramitarán directamente ante el Consejo de Estado por demanda del interesado presentada hasta el año siguiente a la inscripción del contrato en el Registro Minero Nacional.
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