Código de MinasLey 685 de 2001

Artículo 206 del Código de Minas

Requisito ambiental

Texto vigente del artículo 206 del Código de Minas (Ley 685 de 2001), con sus modificaciones.

  1. Título quinto. Aspectos externos a la mineria
  2. Capítulo XX. Aspectos ambientales

ARTÍCULO 206. REQUISITO AMBIENTAL. Para las obras y trabajos de la explotación temprana, el interesado deberá obtener Licencia Ambiental, que posteriormente podrá ser modificada para amparar los trabajos definitivos de explotación con el lleno de los requisitos legales.

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