Código de Extinción de DominioLey 1708 de 2014

Artículo 139 del Código de Extinción de Dominio

Aviso

Texto vigente del artículo 139 de la Ley 1708 de 2014 (extinción de dominio), con sus modificaciones.

  1. Libro III. De la acción de extinción de dominio
  2. Título IV. Procedimiento
  3. Capítulo IV. El juicio de extinción de dominio

ARTÍCULO 139. AVISO. Si la notificación personal al afectado no pudiere hacerse en la primera ocasión que se intenta, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 55A del presente código.

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