Artículo 432 del Código de Comercio
Texto vigente del artículo 432 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro segundo. De las sociedades comerciales
- Título VI. De la sociedad anónima
- Capítulo III. Dirección y administración
- Sección I. Asamblea general de accionistas
ARTÍCULO 432. El revisor fiscal enviará a la Superintendencia, dentro de los quince días siguientes al de la reunión, copia autorizada del acta de la respectiva asamblea.
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