Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 432 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 432 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro segundo. De las sociedades comerciales
  2. Título VI. De la sociedad anónima
  3. Capítulo III. Dirección y administración
  4. Sección I. Asamblea general de accionistas

ARTÍCULO 432. El revisor fiscal enviará a la Superintendencia, dentro de los quince días siguientes al de la reunión, copia autorizada del acta de la respectiva asamblea.

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