Artículo 428 del Código de Comercio
- Libro segundo. De las sociedades comerciales
- Título VI. De la sociedad anónima
- Capítulo III. Dirección y administración
- Sección I. Asamblea general de accionistas
Este artículo no tiene texto vigente · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 428. (Derogado)
En esta sección
Sección I. Asamblea general de accionistas
- Art. 423Las reuniones extraordinarias de la asamblea se efectuarán cuando lo exijan las necesidades…
- Art. 424Toda convocatoria se hará en la forma prevista en los estatutos y, a falta de estipulación…
- Art. 425La asamblea extraordinaria no podrá tomar decisiones sobre temas no incluidos en el orden del…
- Art. 426La asamblea se reunirá en el domicilio principal de la sociedad, el día, a la hora y en el…
- Art. 427La asamblea deliberará con un número plural de personas que represente, por lo menos, la…
- Art. 428Sin texto vigente
- Art. 429Si se convoca a la asamblea y ésta no se lleva a cabo por falta de quórum, se citará a una…
- Art. 430Las deliberaciones de la asamblea podrán suspenderse para reanudarse luego, cuantas veces lo…
- Art. 431Lo ocurrido en las reuniones de la asamblea se hará constar en el libro de actas. Estas se…
- Art. 432El revisor fiscal enviará a la Superintendencia, dentro de los quince días siguientes al de la…
- Art. 433Serán ineficaces las decisiones adoptadas por la asamblea en contravención a las reglas…
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