Artículo 182 del Código de Comercio
Convocatoria y deliberación de reuniones ordinarias y extraordinarias
- Libro segundo. De las sociedades comerciales
- Título I. Del contrato de sociedad
- Capítulo VII. Asamblea o junta de socios y administradores
- Sección I. Asamblea general y junta de socios
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 182. CONVOCATORIA Y DELIBERACIÓN DE REUNIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS. En la convocatoria para reuniones extraordinarias se especificarán los asuntos sobre los que se deliberará y decidirá. En las reuniones ordinarias la asamblea podrá ocuparse de temas no indicados en la convocatoria, a propuesta de los directores o de cualquier asociado.
La junta de socios o la asamblea se reunirá válidamente cualquier día y en cualquier lugar sin previa convocación, cuando se hallare representada la totalidad de los asociados.
Quienes conforme al artículo anterior puedan convocar a la junta de socios o a la asamblea, deberán hacerlo también cuando lo solicite un número de asociados representantes del 10% o más del capital social.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Debido a las circunstancias de fuerza mayor que están alterando la salud pública y el orden público económico, el Gobierno Nacional podrá establecer el tiempo y la forma de la convocatoria y las reuniones ordinarias del máximo órgano social de las personas jurídicas, incluidas las reuniones por derecho propio, para el año 2021 y las disposiciones necesarias para las reuniones pendientes del ejercicio 2020.
En esta sección
Sección I. Asamblea general y junta de socios
- Art. 181Los socios de toda compañía se reunirán en junta de socios o asamblea general ordinaria una…
- Art. 182Convocatoria y deliberación de reuniones ordinarias y extraordinarias
- Art. 183Las sociedades sometidas a inspección y vigilancia deberán comunicar a la Superintendencia la…
- Art. 184Todo socio podrá hacerse representar en las reuniones de la Junta de Socios o Asamblea…
- Art. 185Salvo los casos de representación legal, los administradores y empleados de la sociedad no…
- Art. 186Las reuniones se realizarán en el lugar del dominio social, con sujeción a lo prescrito en las…
- Art. 187La junta o asamblea ejercerá las siguientes funciones generales, sin perjuicio de las…
- Art. 188Reunida la junta de socios o asamblea general como se prevé en el Artículo 186, las decisiones…
- Art. 189Las decisiones de la junta de socios o de la asamblea se harán constar en actas aprobadas por…
- Art. 190Las decisiones tomadas en una reunión celebrada en contravención a lo prescrito en el artículo…
- Art. 191Los administradores, los revisores fiscales y los socios ausentes o disidentes podrán impugnar…
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