Artículo 305 del Código Contencioso Administrativo
Implantación del nuevo sistema procesal
- Parte segunda. Organización de la jurisdicción de lo contencioso administrativo y de sus funciones jurisdiccional y consultiva
- Título XI. Plan especial de descongestión, régimen de transición, vigencia y derogatorias
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 305. IMPLANTACIÓN DEL NUEVO SISTEMA PROCESAL. Con el fin de conseguir la transición hacia la implantación del nuevo régimen procesal y de competencias previstos en este Código, el Consejo Superior de la Judicatura con la participación del Consejo de Estado, deberá realizar los análisis necesarios y tomar las decisiones correspondientes, por lo menos, en los siguientes asuntos:
1. Implantación de los nuevos despachos y su distribución a nivel de circuitos y distritos judiciales con base en las nuevas funciones y competencias y demás aspectos del nuevo régimen que permitan determinar la demanda de servidos por cada despacho, tribunal o corporación de la jurisdicción.
2. Número actual de jueces, magistrado y demás servidores judiciales para determinar, de acuerdo con las cargas esperadas de trabajo, los ajustes necesarios con el fin de atender con eficacia y eficiencia el nuevo sistema y, en consecuencia, asignar el personal requerido.
3. Previsión de la demanda y ejecución de planes de capacitación en el nuevo sistema a los jueces, magistrados y demás servidores judiciales.
4. Definición y dotación de la infraestructura requerida para el normal funcionamiento de la jurisdicción bajo el nuevo régimen y en particular en cuanto a las sedes, salas de audiencia, sistemas de grabación, equipos de video, computación, entre otros recursos físicos y tecnológicos.
5. Diseño y puesta en operación de sistemas de información ordenados en este Código y los demás necesarios para su desarrollo y la adecuada administración de justicia en lo contencioso administrativo.
En esta sección
Título XI. Plan especial de descongestión, régimen de transición, vigencia y derogatorias
- Art. 304Plan especial de descongestión
- Art. 305Implantación del nuevo sistema procesal
- Art. 306Aspectos no regulados
- Art. 307Recursos para la impimentación y desarrollo del Código
- Art. 308Régimen de transición y vigencia
- Art. 309Derogaciones
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