Artículo 1050 del Código Civil
Texto vigente del artículo 1050 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro tercero de la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
- Título II. Reglas relativas a la sucesión intestada
ARTÍCULO 1050. La sucesión del hijo extramatrimonial se rige por las mismas reglas que la del causante legítimo.
En esta sección
Título II. Reglas relativas a la sucesión intestada
- Art. 1044Se puede representar al ascendiente cuya herencia se ha repudiado. Se puede, asimismo…
- Art. 1045Primer orden sucesoral - los descendientes
- Art. 1046Si el difunto no deja posteridad, le sucederán sus ascendientes de grado más próximo, sus…
- Art. 1047(Subrogado) Si el difunto no deja descendientes ni ascendientes, ni hijos adoptivos, ni padres…
- Art. 1048Sin texto vigente
- Art. 1049Sin texto vigente
- Art. 1050La sucesión del hijo extramatrimonial se rige por las mismas reglas que la del causante…
- Art. 1051A falta de descendientes, ascendientes, hijos adoptivos, padres adoptantes, hermanos y…
- Art. 1052Cuando en un mismo patrimonio se ha de suceder por testamento abintestato, se cumplirán las…
- Art. 1053Los extranjeros son llamados a las sucesiones abintestato abiertas en el territorio, de la…
- Art. 1054En la sucesión abintestato de un extranjero que fallezca dentro o fuera del territorio…
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