Artículo 144 del Código de Extinción de Dominio
Alegatos de conclusión
Texto vigente del artículo 144 de la Ley 1708 de 2014 (extinción de dominio), con sus modificaciones.
- Libro III. De la acción de extinción de dominio
- Título IV. Procedimiento
- Capítulo IV. El juicio de extinción de dominio
ARTÍCULO 144. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN. Practicadas las pruebas ordenadas por el juez, este correrá traslado por el término común de cinco (5) días para alegar de conclusión.
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