Código CivilLey 84 de 1873

Artículo 1091 del Código Civil

Texto vigente del artículo 1091 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro tercero de la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos
  2. Título III. De la ordenación del testamento
  3. Capítulo IV. De los testamentos privilegiados

ARTÍCULO 1091. En el testamento verbal el testador hace de viva voz sus declaraciones y disposiciones, de manera que todos le vean, oigan y entiendan.

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