Artículo 95 del Código Penal Militar
Insubordinación por exigencia
Texto vigente del artículo 95 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte especial de los delitos
- Título I. Delitos contra la disciplina
- Capítulo I. De la insubordinación
ARTÍCULO 95. INSUBORDINACIÓN POR EXIGENCIA. El que mediante actitudes violentas haga exigencias de cualquier naturaleza al superior, incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años.
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