Estatuto AnticorrupciónLey 1474 de 2011

Artículo 56 de la Ley 1474 de 2011

Término para fallar

Texto vigente del artículo 56 de la Ley 1474 de 2011, con sus modificaciones.

  1. Capítulo II. Medidas penales en la lucha contra la corrupción pública y privada

ARTÍCULO 56. TÉRMINO PARA FALLAR. La Ley 734 de 2002 tendrá un artículo 169A, el cual quedará así:

El funcionario de conocimiento proferirá el fallo dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes al vencimiento del término de traslado para presentar alegatos de conclusión.

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