Artículo 7 de la Ley 1448 de 2011
Garantía del debido proceso
Texto vigente del artículo 7 de la Ley 1448 de 2011, con sus modificaciones.
- Título I. Disposiciones generales
- Capítulo II. Principios generales
ARTÍCULO 7o. GARANTÍA DEL DEBIDO PROCESO. El Estado a través de los órganos competentes debe garantizar un proceso justo y eficaz, enmarcado en las condiciones que fija el artículo 29 de la Constitución Política.
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