Artículo 83 de la Ley 142 de 1994
Resolución de conflictos entre las funciones de regulación y control
Texto vigente del artículo 83 de la Ley 142 de 1994, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título V. Regulación, control y vigilancia del estado en los servicios públicos
- Capítulo IV. De la superintendencia de servicios públicos domiciliarios
ARTÍCULO 83. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE LAS FUNCIONES DE REGULACIÓN Y CONTROL. Cuando haya conflicto de funciones, o necesidad de interpretar esta Ley en cuanto al reparto de funciones interno, se apelará al dictamen del Presidente de la República.
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