Artículo 119 de la Ley 142 de 1994
Ejercicio y extinción del derecho de las empresas
Texto vigente del artículo 119 de la Ley 142 de 1994, con sus modificaciones.
- Título VII. Organización y procedimientos administrativos
- Capítulo III. Las expropiaciones y servidumbres
ARTÍCULO 119. EJERCICIO Y EXTINCIÓN DEL DERECHO DE LAS EMPRESAS. Es deber de las empresas, en el ejercicio de los derechos de servidumbre proceder con suma diligencia y cuidado para evitar molestias o daños innecesarios a los propietarios, poseedores o tenedores de los predios y a los usuarios de los bienes, y para no lesionar su derecho a la intimidad.
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