Estatuto TributarioDecreto 624 de 1989

Artículo 310 del Estatuto Tributario

Otras exenciones

Texto vigente del artículo 310 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro primero. Impuesto sobre la renta y complementarios
  2. Título III. Ganancias ocasionales
  3. Capítulo II. Ganancias ocasionales exentas

ARTICULO 310. OTRAS EXENCIONES. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, estarán exentos del impuesto de ganancias ocasionales las personas y entidades declaradas por ley como exentas del impuesto de renta y complementarios, así como los mencionados en el artículo 218.

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