Constitución Política de ColombiaConstitución de 1991

Artículo 332 de la Constitución Política

Texto vigente del artículo 332 de la Constitución Política de Colombia, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Título XII. Del régimen económico y de la hacienda pública
  2. Capítulo 1. De las disposiciones generales

ARTICULO 332. El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes.

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