Artículo 68 del Código Sustantivo del Trabajo
Mantenimiento del contrato de trabajo
Texto vigente del artículo 68 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título I. Contrato individual de trabajo
- Capítulo VI. Terminación del contrato de trabajo
ARTICULO 68. MANTENIMIENTO DEL CONTRATO DE TRABAJO. La sola sustitución de empleadores no extingue, suspende ni modifica los contratos de trabajo existentes.
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