Artículo 55 del Código Sustantivo del Trabajo
Ejecución de buena fe
Texto vigente del artículo 55 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título I. Contrato individual de trabajo
- Capítulo V. Ejecución y efecto del contrato
ARTICULO 55. EJECUCION DE BUENA FE. El contrato de trabajo, como todos los contratos, deben ejecutarse de buena fe y, por consiguiente, obliga no sólo a lo que en él se expresa sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la relación jurídica o que por la ley pertenecen a ella.
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