Código Sustantivo del TrabajoDecreto 2663 de 1950

Artículo 339 del Código Sustantivo del Trabajo

Cooperativas

Texto vigente del artículo 339 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Título IX. Prestaciones patronales especiales
  2. Capítulo XIII. Empleadores sin carácter de empresa

ARTICULO 339. COOPERATIVAS. Las sociedades cooperativas deben a sus trabajadores las mismas prestaciones que las empresas; y se tendrá como capital para graduarlas el valor de su patrimonio, según certificación de la Superintendencia del ramo.

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