Artículo 234 del Código Sustantivo del Trabajo
Prohibición de la compensación en dinero
Texto vigente del artículo 234 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Título VIII. Prestaciones patronales comunes
- Capítulo IV. Calzado y oberoles para trabajadores
ARTICULO 234. PROHIBICION DE LA COMPENSACION EN DINERO. Queda prohibido a los empleadores pagar en dinero las prestaciones establecidas en este capítulo.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.