Artículo 197 del Código Sanitario Nacional
Texto vigente del artículo 197 de la Ley 9 de 1979 (Código Sanitario), con sus modificaciones.
- Título IV. Saneamiento de edificaciones
ARTICULO 197. Todos los servicios sanitarios tendrán sistemas de ventilación adecuados.
De las basuras.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.