Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 94 del Código Penal

Reparación del daño

Texto vigente del artículo 94 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte general
  2. Título IV. De las consecuencias jurídicas de la conducta punible
  3. Capítulo VI. De la responsabilidad civil derivada de la conducta punible

ARTÍCULO 94. REPARACIÓN DEL DAÑO. La conducta punible origina obligación de reparar los daños materiales y morales causados con ocasión de aquella.

Los apartes tachados no están vigentes porque fueron derogados o declarados inexequibles. Los apartes subrayados han sido objeto de pronunciamientos de la Corte Constitucional.

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