Artículo 400A del Código Penal: Peculado culposo frente a recursos de la seguridad social integral

Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 400A del Código Penal

Peculado culposo frente a recursos de la seguridad social integral

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título XV. Delitos contra la administración pública
  3. Capítulo I. Del peculado

Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026

ARTÍCULO 400A. PECULADO CULPOSO FRENTE A RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. Las penas previstas en el artículo 400 de la Ley 599 de 2000 se agravarán de una tercera parte a la mitad, cuando se dé una aplicación oficial diferente a recursos destinados a la seguridad social integral.

En esta sección

Capítulo I. Del peculado

  1. Art. 397Peculado por apropiación
  2. Art. 398Peculado por uso
  3. Art. 399Peculado por aplicación oficial diferente
  4. Art. 399-APeculado por aplicación oficial diferente frente a recursos de la seguridad social
  5. Art. 400Peculado culposo
  6. Art. 400APeculado culposo frente a recursos de la seguridad social integral
  7. Art. 401Circunstancias de atenuación punitiva
  8. Art. 402Omisión del agente retenedor o recaudador
  9. Art. 403Destino de recursos del tesoro para el estimulo o beneficio indebido de explotadores y comerciantes de metales preciosos
  10. Art. 403-AFraude de subvenciones
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