Código PenalLey 599 de 2000

Artículo 331 del Código Penal

Manejo y uso ilícito de organismos genéticamente modificados, microorganismos y sustancias o elementos peligrosos

Texto vigente del artículo 331 del Código Penal colombiano, con sus modificaciones.

  1. Parte especial de los delitos en particular
  2. Título XI. De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente
  3. Capítulo I. De los delitos contra los recursos naturales

ARTÍCULO 331. MANEJO Y USO ILÍCITO DE ORGANISMOS GENÉTICAMENTE MODIFICADOS, MICROORGANISMOS Y SUSTANCIAS O ELEMENTOS PELIGROSOS. El que con incumplimiento de la normatividad existente, introduzca, importe, manipule, experimente, posea, inocule, comercialice, exporte, libere o propague organismos genéticamente modificados, microorganismos, moléculas, substancias o elementos que pongan en peligro la salud o la existencia de los recursos fáunicos, florísticos, hidrobiológicos, hídricos o alteren perjudicialmente sus poblaciones, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento ocho (108) meses y multa de ciento sesenta y siete (167) a dieciocho mil setecientos cincuenta (18.750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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