Artículo 506 del Código Penal Militar
Fijación de la fecha de inicio del juicio oral
Texto vigente del artículo 506 del Código Penal Militar, con sus modificaciones.
- Parte especial de los delitos
- Libro tercero. Procedimiento penal militar
- Título XV. Audiencia preparatoria a la corte marcial
- Capítulo II. Conclusión de la audiencia preparatoria
ARTÍCULO 506. FIJACIÓN DE LA FECHA DE INICIO DEL JUICIO ORAL. Concluida la audiencia preparatoria, el juez fijará fecha y hora y lugar para el inicio de la Corte Marcial que deberá realizarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la audiencia preparatoria.
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