Código Penal MilitarLey 1407 de 2010

Artículo 500 del Código Penal Militar

Exhibición de los elementos materiales de prueba

Texto vigente del artículo 500 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos
  2. Libro tercero. Procedimiento penal militar
  3. Título XV. Audiencia preparatoria a la corte marcial
  4. Capítulo I. Trámite

ARTÍCULO 500. EXHIBICIÓN DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA. A solicitud de las partes, los elementos materiales probatorios y evidencia física podrán ser exhibidos durante la audiencia con el único fin de ser reconocidos y estudiados.

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