Artículo 158 del Código Penal Militar
Requisición con omisión de formalidades
Texto vigente del artículo 158 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte especial de los delitos
- Título VI. Delitos contra la población civil
- Capítulo II. Del saqueo y la requisición
ARTÍCULO 158. REQUISICIÓN CON OMISIÓN DE FORMALIDADES. El que practicare requisición sin cumplir las formalidades y sin que circunstancias especiales lo obliguen a ello, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años.
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