Código Penal MilitarLey 1407 de 2010

Artículo 128 del Código Penal Militar

Ataque al centinela

Texto vigente del artículo 128 del Código Penal Militar, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte especial de los delitos
  2. Título V. Delitos contra la seguridad de la fuerza pública
  3. Capítulo I. Del ataque al centinela

ARTÍCULO 128. ATAQUE AL CENTINELA. El que ejerza violencia contra un centinela, por esta sola conducta, incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años.

Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.