Código General del ProcesoLey 1564 de 2012

Artículo 223 del Código General del Proceso

Careos

Texto vigente del artículo 223 del Código General del Proceso (CGP), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro segundo. Actos procesales
  2. Título único. Pruebas
  3. Capítulo V. Declaración de terceros

ARTÍCULO 223. CAREOS. El juez, si lo considera conveniente, podrá ordenar careos de las partes entre sí, de los testigos entre sí y de estos con las partes, cuando advierta contradicción.

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