Código Nacional de Recursos NaturalesDecreto 2811 de 1974

Artículo 93 del Código Nacional de Recursos Naturales

Texto vigente del artículo 93 del Decreto 2811 de 1974 (Recursos Naturales), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte III. De las aguas no maritimas
  2. Título II. De los modos de adquirir derecho al uso de las aguas
  3. Capítulo II. De las concesiones
  4. Sección III. Caracteristicas y condiciones

ARTICULO 93. Las concesiones otorgadas no serán obstáculo para que con posterioridad a ellas, se reglamente la distribución de las aguas de manera general para una misma corriente o derivación.

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