Artículo 254 del Código Nacional de Recursos Naturales
Texto vigente del artículo 254 del Decreto 2811 de 1974 (Recursos Naturales), con sus modificaciones.
- Parte IX. De la fauna terrestre
- Título I. De la fauna silvestre y de la caza
- Capítulo II. De la clasificación y definiciones
ARTICULO 254. Es zoocriadero el área de propiedad pública o privada que se destina al mantenimiento, fomento y aprovechamiento de especies de la fauna silvestre con fines científicos, comerciales, industriales o de repoblación.
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