Artículo 541 del Código de Procedimiento Penal
Término para la audiencia concentrada
Texto vigente del artículo 541 del Código de Procedimiento Penal, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte VI. Reglas relativas a la prueba de referencia
- Libro VIII. Procedimiento especial abreviado y acusación privada
- Título I. Del procedimiento especial abreviado
- Capítulo II. De la acusación
ARTÍCULO 541. TÉRMINO PARA LA AUDIENCIA CONCENTRADA. Artículo adicionado por el artículo 18 de la Ley 1826 de 2017. Rige a partir del 12 de julio de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> A partir del traslado del escrito de acusación el indiciado tendrá un término de sesenta (60) días para la preparación de su defensa. Vencido este término, el juez de conocimiento citará inmediatamente a las partes e intervinientes a audiencia concentrada, que se llevará a cabo dentro de los diez (10) días siguientes.
Para la realización de la audiencia será necesaria la presencia del fiscal y el defensor.
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