Artículo 230 del Código de Procedimiento Penal
Excepciones al requisito de la orden escrita de la fiscalía general de la Nación para proceder al registro y allanamiento
- Libro II. Técnicas de indagación e investigación de la prueba y sistema probatorio
- Titulo I. La indagación y la investigación
- Capitulo II. Actuaciones que no requieren autorización judicial previa para su realización
Texto vigente con sus modificaciones · actualizado al 15 de septiembre de 2026
ARTÍCULO 230. EXCEPCIONES AL REQUISITO DE LA ORDEN ESCRITA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN PARA PROCEDER AL REGISTRO Y ALLANAMIENTO. Excepcionalmente podrá omitirse la obtención de la orden escrita de la Fiscalía General de la Nación para que la Policía Judicial pueda adelantar un registro y allanamiento, cuando:
1. Medie consentimiento expreso del propietario o simple tenedor del bien objeto del registro, o de quien tenga interés por ser afectado durante el procedimiento. En esta eventualidad, no se considerará como suficiente la mera ausencia de objeciones por parte del interesado, sino que deberá acreditarse la libertad del afectado al manifestar la autorización para el registro.
En todo caso, la Fiscalía deberá someter a control posterior de legalidad esta diligencia.
2. No exista una expectativa razonable de intimidad que justifique el requisito de la orden. En esta eventualidad, se considera que no existe dicha expectativa cuando el objeto se encuentra en campo abierto, a plena vista, o cuando se encuentra abandonado.
3. Se trate de situaciones de emergencia tales como incendio, explosión, inundación u otra clase de estragos que pongan en peligro la vida o la propiedad, o en situaciones de riesgo inminente de la salud, la vida o integridad personal o sexual de un menor de edad.
En caso de los anteriores numerales la Fiscalía deberá someter a control posterior de legalidad esta diligencia en los términos del artículo 237 de este código.
En esta sección
Capitulo II. Actuaciones que no requieren autorización judicial previa para su realización
- Art. 225Reglas particulares para el diligenciamiento de la orden de registro y allanamiento
- Art. 226Allanamientos especiales
- Art. 227Acta de la diligencia
- Art. 228Devolución de la orden y cadena de custodia
- Art. 229Procedimiento en caso de flagrancia
- Art. 230Excepciones al requisito de la orden escrita de la fiscalía general de la Nación para proceder al registro y allanamiento
- Art. 231Interés para reclamar la violación de la expectativa razonable de intimidad en relación con los registros y allanamientos
- Art. 232Cláusula de exclusión en materia de registros y allanamientos
- Art. 233Retención de correspondencia
- Art. 234Examen y devolución de la correspondencia
- Art. 235Interceptación de comunicaciones
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.
