Código de Procedimiento PenalLey 906 de 2004

Artículo 212B del Código de Procedimiento Penal

Reserva de la actuación penal

Texto vigente del artículo 212B del Código de Procedimiento Penal, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro II. Técnicas de indagación e investigación de la prueba y sistema probatorio
  2. Título I. La indagación y la investigación
  3. Capítulo I. Órganos de indagación e investigación

ARTÍCULO 212B. RESERVA DE LA ACTUACIÓN PENAL. La indagación será reservada. En todo caso, la Fiscalía podrá revelar información sobre la actuación por motivos de interés general.

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