Artículo 286 del Código de Minas
Procedimiento y competencia para la expropiación
Texto vigente del artículo 286 del Código de Minas (Ley 685 de 2001), con sus modificaciones.
- Título septimo. Aspectos procedimentales
- Capítulo XXV . Normas de procedimiento
ARTÍCULO 286. PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA PARA LA EXPROPIACIÓN. La solicitud y trámite gubernativo de expropiación y el proceso judicial posterior, podrán tener por objeto los bienes raíces necesarios para determinadas obras o instalaciones debidamente individualizadas o todos los que se requieran para la totalidad del proyecto minero. En este último caso, si los bienes por expropiarse estuvieren situados en varios distritos, serán competentes a prevención los jueces de todos ellos.
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