Código de MinasLey 685 de 2001

Artículo 193 del Código de Minas

Expropiación durante la exploración

Texto vigente del artículo 193 del Código de Minas (Ley 685 de 2001), con sus modificaciones.

  1. Título quinto. Aspectos externos a la mineria
  2. Capítulo XIX. Expropiación

ARTÍCULO 193. EXPROPIACIÓN DURANTE LA EXPLORACIÓN. En casos excepcionales en los que por la profundidad y duración de los trabajos de exploración por métodos de subsuelo, no puedan realizarse s in afectar el valor comercial o el disfrute de los predios, procederá pedir su expropiación por los procedimientos señalados en los artículos anteriores y se presentará un programa de exploración que sustente tal solicitud.

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