Código de Extinción de DominioLey 1708 de 2014

Artículo 3 del Código de Extinción de Dominio

Derecho a la propiedad

Texto vigente del artículo 3 de la Ley 1708 de 2014 (extinción de dominio), con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro I. Definiciones, normas rectoras y garantías fundamentales
  2. Título II. Normas rectoras y garantías fundamentales

ARTÍCULO 3o. DERECHO A LA PROPIEDAD. La extinción de dominio tendrá como límite el derecho a la propiedad lícitamente obtenida de buena fe exenta de culpa y ejercida conforme a la función social y ecológica que le es inherente.

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