Artículo 71 del Código de Ética Médica
Texto vigente del artículo 71 de la Ley 23 de 1981 (Ética Médica), con sus modificaciones.
- Título III. Órganos de control y régimen disciplinario
- Capítulo I. De la federación médica y los tribunales etico-profesionales
ARTICULO 71. Los miembros de los Tribunales Etico-Profesionales Nacional y Seccionales deberán pertenecer, si fuere posible a diferentes especialidades médicas.
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