Directorio de normas jurídicas de Colombia, artículo por artículo

Normas actualizadas
Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 447 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 447 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro segundo. De las sociedades comerciales
  2. Título VI. De la sociedad anónima
  3. Capítulo IV. Balances y dividendos
  4. Sección I. Balances generales de fin de ejercicio y anexos

ARTÍCULO 447. Los documentos indicados en el artículo anterior, junto con los libros y demás comprobantes exigidos por la ley, deberán ponerse a disposición de los accionistas en las oficinas de la administración, durante los quince días hábiles que precedan a la reunión de la asamblea.

Los administradores y funcionarios directivos así como el revisor fiscal que no dieren cumplimiento a lo preceptuado en este artículo, serán sancionados por el superintendente con multas sucesivas de diez mil a cincuenta mil pesos para cada uno de los infractores.

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