Artículo 1510 del Código de Comercio
Texto vigente del artículo 1510 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro quinto. De la navegación
- Título V. De la tripulación
ARTÍCULO 1510. Si el plazo previsto para la duración del contrato expira durante la travesía, el enrolamiento quedará prorrogado hasta la terminación del viaje.
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