Artículo 1403 del Código de Comercio
Texto vigente del artículo 1403 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro cuarto. De los contratos y obligaciones mercantiles
- Título XVII. De los contratos bancarios
- Capítulo V. Apertura de crédito y descuento
ARTÍCULO 1403. El crédito de que tratan los artículos anteriores podrá ser manejado a través de la cuenta corriente bancaria del cliente.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.