Código de ComercioDecreto 410 de 1971

Artículo 1395 del Código de Comercio

Texto vigente del artículo 1395 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Libro cuarto. De los contratos y obligaciones mercantiles
  2. Título XVII. De los contratos bancarios
  3. Capítulo II. Depósito a término

ARTÍCULO 1395. El depósito a término es por naturaleza remunerado.

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