Artículo 1970 del Código Civil
Texto vigente del artículo 1970 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
- Título XXV. De la cesión de derechos
- Capítulo III. De los derechos litigiosos
ARTÍCULO 1970. Es indiferente que la cesión haya sido a título de venta o de permutación, y que sea el cedente o cesionario el que persigue el derecho.
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