Artículo 1562 del Código Civil
Texto vigente del artículo 1562 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
- Título VI. De las obligaciones alternativas
ARTÍCULO 1562. Obligación facultativa es la que tiene por objeto una cosa determinada, pero concediéndose al deudor la facultad de pagar con esta cosa o con otra que se designa.
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