Artículo 1499 del Código Civil
Texto vigente del artículo 1499 del Código Civil colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro cuarto de las obligaciones en general y de los contratos
- Título I. Definiciones
ARTÍCULO 1499. El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención, y accesorio, cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.