Artículo 694 del Estatuto Tributario
Independencia de las liquidaciones
Texto vigente del artículo 694 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro quinto. Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales
- Título IV. Determinación del impuesto e imposición de sanciones
- Capítulo I. Normas generales
ARTICULO 694. INDEPENDENCIA DE LAS LIQUIDACIONES. La liquidación de impuestos de cada año gravable constituye una obligación individual e independiente a favor del Estado y a cargo del contribuyente.
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